ASESORÍA Y GESTORÍA LABORAL DON BENITO
Programa de ayudas al autoempleo en Extremadura
Asesoría para Autónomos, Empresas y Particulares.
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Emprende con bajo riesgo gracias a las ayudas al autoempleo de la Junta de Extremadura
EMPRENDEDORES
Si estás pensando en emprender o consolidar tu actividad como trabajador autónomo, esta es tu oportunidad. La Comunidad Autónoma de Extremadura ha lanzado una serie de ayudas para fomentar el autoempleo, dirigidas tanto a desempleados como a trabajadores por cuenta ajena que quieran convertirse en autónomos.
PROGRAMAS I y II
Ayudas a personas desempleadas establecidas como autónomos y para autónomos que propicien la inserción laboral de un familiar como colaborador.
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Mujeres desempleadas establecidas como trabajadoras autónomas
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Hombres con discapacidad desempleados, establecidos como trabajadores autónomos.
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Hombres menores de 30 años
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Hombres de 45 o más años
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Hombres con el domicilio de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes
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Hombres parados de larga duración
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En el caso de hombres desempleados establecidos como trabajadores autónomos, que no se encuentren encuadrados en ninguno de los grupos prioritarios del apartado anterior.
Ayudas adicionales acumulables al programa I y II
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Beneficiarios que ejerzan su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
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Relevo generacional (12 meses)
PROGRAMA III
TARIFA CERO para nuevos autónomos.
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Mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa en el plazo de un año desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
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Personas desempleadas menores de 36 años.
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Personas desempleadas que no se encuentren encuadradas en alguno de los apartados anteriores.
PROGRAMA IV
Ayudas para personas que trabajan por cuenta ajena y quieren emprender a la misma vez.
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Para las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas.
PROGRAMA V
Para personas que mantengan su trabajo autónomo.
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Para las personas beneficiarias del Programa I, que mantengan el alta en RETA durante un periodo adicional, al establecido como obligatorio en el mismo, de otros 12 meses.
Las ayudas de los programas I, III y V son acumulables.
Ayuda máxima: 15.920€ • Ayuda mínima: 6.000€
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